Micelio

Artículo 2

Ley 58 de 1945 · Por la cual se da una autorización a las Sociedades de Mejoras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Decláranse de reconocida utilidad social las rifas que efectúen las Sociedades de Mejoras Públicas a que se refiere el artículo anterior. Con el fin de que en tales rifas no medie el ánimo de lucro, y el valor de las boletas esté al alcance de las clases populares, tales rifas quedan exoneradas de toda clase de impuestos nacionales, departamentales y municipales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1945