Excepciones a los dos artículos anteriores . No obstante lo dispuesto en los dos artículos anteriores, el Gobierno y los Comandos de Fuerza podrán mantener en servicio activo a aquellos Oficiales y Suboficiales que por sus calificaciones lo merezcan y cuando sus capacidades puedan ser aprovechadas en determinadas actividades militares. Cuando se trate de Oficiales, se requerirá concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa Nacional.
Decreto 2337 de 1971 →Vigente
Artículo 100
Excepciones A Los Dos Artículos Anteriores
Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.