ARTICULO 11. Los empleos de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado se proveerán paritariamente con afiliados a los partidos liberal y conservador por la respectiva corporación, mediante el sistema de cooptación.
Artículo 11
Los Empleos De Magistrado De La Corte Suprema De Justicia Y Del Consejo De Estado Se Proveerán Paritariamente Con Afiliados A Los Partidos Liberal Y Conservador Por La Respectiva Corporación, Mediante El Sistema De Cooptación
Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.
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Historia constitucional
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