ARTICULO 6o . FUNCIONES DEL CONSEJO ASESOR. Al Consejo Asesor de la Superintendencia del Subsidio Familiar le corresponderá
Asesorar a la Superintendencia en la formulación de la política general de la entidad, en consonancia con el Plan Nacional de Desarrollo y las políticas sectoriales que, en las áreas de interés de la Superintendencia, han definido el Gobierno Nacional y las entidades especializadas.
Promover los estudios de base e investigación para la formulación de planes y proyectos de desarrollo;
Asesorar en la elaboración de las diferentes políticas sectoriales que incidan en el sistema del subsidio familiar;
Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.