La retención, por concepto de dividendos abonados en cuenta a sociedades u otras entidades extranjeras con domicilio en el país, será del cuarenta por ciento, a partir del primero de marzo de 1976.
Decreto 331 de 1976 →Vigente
Artículo 17
Decreto 331 de 1976 · Por el cual se dictan disposiciones reglamentarias en materia del impuesto sobre la renta y complementarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.