Micelio

Artículo 1

Ley 46 de 1967 · Por la cual se ordena una contribución de la Nación para las obras de defensa de la ciudad de Bucaramanga

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárase de la más alta conveniencia pública y del más evidente interés social, por cuanto se persigue conjurar una calamidad que amenaza con destruir a la ciudad de Bucaramanga, la ejecución del siguiente plan de obras cuyos estudios definitivos, financiación y realización correrán a cargo de la Nación.

a)

Alcantarillado y obras accesorias;

b)

Regularización de cauces naturales;

c)

Reforestación y aprovechamiento de tierras;

d)

Remodelación urbana y recuperación de terrenos;

e)

Estudios sobre futuro desarrollo urbano;

f)

Saneamiento, y

g)

Regularización del Río de Oro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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