Decreto 320 de 1970 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Son requisitos para la inscripción
1.
Ser colombiano o ser extranjero habilitado por las estipulaciones de los tratados internacionales o por los preceptos sobre reciprocidad legislativa;
2.
Haber obtenido el título correspondiente, reconocido por el Estado colombiano;
3.
No estar en interdicción judicial.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.