Micelio

Artículo 6

Ley 605 de 2000 · Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de administrador en desarrollo agroindustrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los administradores en desarrollo agroindustrial, legalmente matriculados podrán solicitar créditos al Fondo de Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), siempre que se encuentren dentro de las circunstancias previstas en las Leyes 16 de 1990 y 101 de 1993, pudiendo elaborar, evaluar y tramitar proyectos agroindustriales ante dicho fondo o ante las entidades bancarias públicas o privadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 605 de 2000