La partida de cincuenta mil pesos ($ 50,000) destinada a la carretera de Cúcuta al Magdalena; la de doce mil pesos ($ 12,000) destinada al camino del Sarare; y la de doce mil pesos ($12,000) destinada al camino entre Bucaramanga y el Magdalena por los ordinales 2°, 6° y 17 del artículo 5° de la Ley 70 de 1916, se entregaran anualmente a los respectivos Departamentos con destino a la amortización del costo de la obra por todo el tiempo necesario para cubrir totalmente el capital invertido y sus intereses.
Ley 42 de 1917 →Vigente
Artículo 4
Ley 42 de 1917 · por la cual se conceden varias autorizaciones y se reforma el artículo 3° de la Ley 71 de 1916.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.