Ley 30 de 1992 · Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Fondo de Desarrollo de la Educación Superior (Fodesep), se conformará con las instituciones de Educación Superior que voluntariamente deseen participar en él.
Los ingresos de este fondo se integrarán como sigue:
1.
Con aportes que el Gobierno Nacional destine anualmente en el presupuesto nacional.
2.
Con los aportes voluntarios de las instituciones de Educación Superior afiliadas al Fondo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.