°. Del monto establecido en el artículo anterior, la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter, podrá destinar hasta cincuenta mil millones de pesos ($50.000.000.000) moneda legal colombiana, para la sustitución de créditos que se hayan contratado, por los departamentos y/o municipios capitales que tengan como máximo 1.000.000 de habitantes, en los años 2008 y 2009 para adelantar los Planes Viales Departamentales, que hayan sido viabilizados por el Ministerio de Transporte conforme a la metodología establecida.
Decreto 925 de 2009 →Vigente
Artículo 4
Del Monto Establecido En El Artículo Anterior, La Financiera De Desarrollo Territorial S
Decreto 925 de 2009 · por el cual se regula una línea de redescuento, con tasa compensada, de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. –Findeter–, para el Financiamiento de las Inversiones en Vías dentro de los Planes Viales Departamentales para el Mejoramiento de la Red Vial a cargo de los departamentos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.