Micelio

Artículo 2

Ley 997 de 2005 · por medio de la cual la Nación declara Patrimonio Cultural y artístico de la Nación el Tiple y lo exalta como instrumento autóctono Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al fomento, promoción, protección, desarrollo, divulgación y financiación de los valores culturales de la música andina representada en el Tiple como instrumento autóctono Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 997 de 2005