Micelio

Artículo 20

Decreto 2700 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Gestión Financiera. Son funciones de la División de Gestión Financiera, las siguientes

1.

Adelantar las operaciones necesarias para la captación de recursos de mediano y largo plazo: Crédito interno, crédito externo, emisiones, cooperación, entre otros.

2.

Evaluar permanentemente las fuentes de fondeo con el fin de determinar mejores alternativas para la consecución de recursos.

3.

Gestionar la asignación de recursos no reembolsables tanto en el ámbito nacional como internacional para mejorar la competitividad de los productos y servicios.

4.

Administrar el portafolio de inversiones de la entidad, buscando la mayor rentabilidad y seguridad.

5.

Coordinar el proceso de emisión de títulos para la captación de recursos a corto, mediano y largo plazo.

6.

Realizar seguimiento a los mercados de capitales para identificar oportunidades de fondeo y de negocios.

7.

Evaluar el impacto de las nuevas reglamentaciones sobre los resultados financieros de la entidad.

8.

Proyectar el servicio de la deuda con simulaciones en cambio de condiciones y términos de pago.

9.

Determinar e implementar mecanismos de cobertura para disminuir el riesgo cambiario.

10.

Realizar las proyecciones financieras y elaborar el flujo de caja de la entidad y proponer los ajustes necesarios para garantizar la continua disponibilidad de recursos.

11.

Realizar el análisis financiero de la entidad.

12.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia. CAPITULO III Organos de asesoría y coordinación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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