El presente decreto rige a partir de su promulgación y deja sin vigencia las disposiciones anteriores sobre la materia especialmente el Acuerdo 006 de 1983, Resolución 926 de 1983, Decreto 1449 de 1990, la Resolución 4302 de 1992, el Decreto 091 de 1998 y Decreto 388 de 1998, en lo concerniente a esta modalidad de transporte.
Decreto 1556 de 1998 →Vigente
Artículo 83
El Presente Decreto Rige A Partir De Su Promulgación Y Deja Sin Vigencia Las Disposiciones Anteriores Sobre La Materia Especialmente El Acuerdo 006 De 1983, Resolución 926 De 1983, Decreto 1449 De 1990, La Resolución 4302 De 1992, El Decreto 091 De 1998 Y Decreto 388 De 1998, En Lo Concerniente A Esta Modalidad De Transporte
Decreto 1556 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de transporte especial y de turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.