Micelio

Artículo 3

Auditor Auxiliar

Decreto 728 de 2009 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Auditoría General de la República y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Auditor Auxiliar. A partir del 1° de enero de 2009, el Auditor Auxiliar de la Auditoría General de la República tendrá derecho a una remuneración mensual de doce millones cincuenta y tres mil setecientos sesenta y ocho pesos ($12.053.768) moneda corriente, distribuidos así: Asignación básica, seis millones ciento ochenta y cuatro mil doscientos doce pesos ($6.184.212) moneda corriente; gastos de representación, un millón quinientos cuarenta mil seiscientos diez pesos ($1.540.610) moneda corriente; prima de alta gestión, un millón doscientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y dos pesos ($1.236.842) moneda corriente y prima técnica, tres millones noventa y dos mil ciento cuatro pesos ($3.092.104) moneda corriente Las primas técnica y de alta gestión no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 728 de 2009