Micelio

Artículo 2

Gobierno Ejecutivo-Bogotá,

Ley 87 de 1896 · Por la cual se establecen unas líneas telegráficas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Del Tesoro nacional se destinará la cantidad necesaria para dar cumplimiento á esta Ley y se considerará incluída en el Presupuesto de la vigencia próxima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 87 de 1896