Micelio

Artículo 19

Ley 20 de 1972 · Por la cual se determinan la composición y el funcionamiento del Tribunal Disciplinario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tribunal Disciplinario tendrá los siguientes subalternos:

Un Secretario que deberá reunir los mismos requisitos y tendrá la misma asignación que el Secretario de la Corte Suprema de Justicia; un Oficial Mayor, grado 17-B; un escribiendo, grado 16; un conserje, grado 6; un conductor, grado 6, elegidos todos por la Corporación en pleno; y cuatro auxiliares de Magistrados, grado 16,designados por el respectivo Magistrado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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