Micelio

Artículo 9

Personal

Decreto 351 de 1994 · por el cual se reestructura el Centro "Jorge Eliécer Gaitan"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º PERSONAL. Para todos los efectos legales las personas que prestan servicios al Instituto son empleados públicos sujetos a las normas vigentes para ellos. Quienes desarrollen actividades de construcción y mantenimiento de obra pública tendrán el carácter de trabajadores oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 351 de 1994