Si la Comisión de la Cámara insistiere en los puntos que hubiere aprobado, y tal decisión fue confirmada por la Cámara, y el Senado no desistiere, se considerará suprimida la variación, y el proyecto pasará al Gobierno para su sanción.
Decreto 164 de 1950 →Vigente
Artículo 42
Si La Comisión De La Cámara Insistiere En Los Puntos Que Hubiere Aprobado, Y Tal Decisión Fue Confirmada Por La Cámara, Y El Senado No Desistiere, Se Considerará Suprimida La Variación, Y El Proyecto Pasará Al Gobierno Para Su Sanción
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.