Plan Nacional de mejoramiento de la calidad. Para propiciar el mejoramiento continuo de la calidad, el Ministerio de Salud diseñará, con la participación de las Direcciones Territoriales de Salud. Un Plan Nacional de Mejoramiento de la Calidad, en el cual se establecerán prioridades, metas y responsabilidades en materia de Calidad en Salud. El Plan incorporará la revisión y actualización sucesiva de los requisitos esenciales para la prestación de Servicios de Salud. A su vez, las entidades a las cuales se aplica el presente decreto serán responsables de definir sus respectivos ámbitos, programas y metas de mejoramiento de la calidad, que harán parte del plan de desarrollo institucional y deberán ser presentados con la respectiva evaluación anual ante las Direcciones Seccionales y Distritales de Salud para el caso de los Prestadores de Servicios de Salud y ante la Superintendencia Nacional de Salud en el caso de las entidades Promotoras de Salud y entidades que se asimilen. Las Direcciones Territoriales de Salud deberán desarrollar un régimen de estímulos orientados al mejoramiento de la calidad. El Ministerio de Salud ejecutará un programa de asistencia técnica con las Direcciones Territoriales de Salud para el Desarrollo del Plan.
Decreto 2174 de 1996 →Vigente
Artículo 12
Decreto 2174 de 1996 · por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.