Micelio

Artículo 1

El Internado Agrícola Del Meta, Que Funciona Desde El Primero De Junio Del Presente Año, En Lo Sucesivo Se Denominará Internado Agrícola Emiliano Restrepo, Y Tendrá También El Carácter De Escuela Complementaria, De Acuerdo Con Los Fines Que A Continuación Se Expresan Y Con La Organización Que Se Determine En El Presente Decreto

Decreto 1795 de 1937 · Por el cual se aprueba el número 166 de 1937, del Intendente Nacional del Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Internado Agrícola del Meta, que funciona desde el primero de Junio del presente año, en lo sucesivo se denominará Internado Agrícola Emiliano Restrepo, y tendrá también el carácter de escuela complementaria, de acuerdo con los fines que a continuación se expresan y con la organización que se determine en el presente Decreto. Fines del Internado

a)

El complemento de los estudios primarios, a fin de que los alumnos queden capacitados para el aprendizaje de la técnica agrícola de los cultivos propios de la región y d e los que fuere conveniente introducir;

b)

La enseñanza indispensable para conseguir el mejoramiento y desarrollo de la industria pecuaria en la región-;

c)

La formación de expertos en el manejo y explotación de granjas, fincas, haciendas y parcelación de fundos;

d)

El mejoramiento social y económico de la vida del campesino y defensa de su salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1795 de 1937