El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social y el Consejo Nacional de Salud Mental, o la entidad que haga sus veces, coordinarán con las demás entidades del Estado, entes territoriales y autoridades municipales, distritales y departamentales, acciones dirigidas a la inclusión del adulto mayor en programas permanentes para la prevención y atención integral de trastornos mentales, con especial énfasis prioritario en diagnósticos de deterioro cognoscitivo, depresión, trastornos del sueño y demencias, así como el apoyo en la creación de hábitos activos de vida saludable, la actividad física y estimulación cognitiva para mejorar su bienestar, facilitar su inclusión psicosocial y promover su participación activa cómo agentes de su familia, comunidad y de la sociedad en general.
La capacitación del personal de salud debe incluir un énfasis prioritario en el reconocimiento de trastornos cognitivos y la aplicación de herramientas diagnósticas para su detección precoz.