Micelio

Artículo 13

Atención Especial Al Adulto Mayor

Ley 2518 de 2025 · por medio de la cual se fortalece la Ley 1616 de 2013 y la política nacional de salud mental y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social y el Consejo Nacional de Salud Mental, o la entidad que haga sus veces, coordinarán con las demás entidades del Estado, entes territoriales y autoridades municipales, distritales y departamentales, acciones dirigidas a la inclusión del adulto mayor en programas permanentes para la prevención y atención integral de trastornos mentales, con especial énfasis prioritario en diagnósticos de deterioro cognoscitivo, depresión, trastornos del sueño y demencias, así como el apoyo en la creación de hábitos activos de vida saludable, la actividad física y estimulación cognitiva para mejorar su bienestar, facilitar su inclusión psicosocial y promover su participación activa cómo agentes de su familia, comunidad y de la sociedad en general.

Parágrafo

La capacitación del personal de salud debe incluir un énfasis prioritario en el reconocimiento de trastornos cognitivos y la aplicación de herramientas diagnósticas para su detección precoz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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