Micelio

Artículo 24

La Adecuación De Los Cargos De Que Tratan Los Ordinales G) Y H) Del Artículo Anterior Para El Cumplimiento Del Requisito De Práctica Jurídica Deberá Ser Calificada Por El Ministerio De Justicia Previa Solicitud Hecha Por El Interesado Con Descripción De Las Funciones Desempeñadas Y Acompañada De Las Pruebas Correspondientes

Decreto 3200 de 1979 · por el cual se dictan normas sobre la enseñanza del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La adecuación de los cargos de que tratan los ordinales g) y h) del artículo anterior para el cumplimiento del requisito de práctica jurídica deberá ser calificada por el Ministerio de Justicia previa solicitud hecha por el interesado con descripción de las funciones desempeñadas y acompañada de las pruebas correspondientes. Compete igualmente a dicho Ministerio el control del ejercicio y cumplimiento de la judicatura, del servicio profesional y del ejercicio con licencia temporal de que trata el artículo anterior. La certificación favorable del Ministerio de Justicia será requisito indispensable para otorgar el título de Abogado y para su registro en el Ministerio de Educación Nacional. CAPITULO VI Programas de Postgrado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3200 de 1979