Micelio

Artículo 25

Recursos Para Atender El Incentivo

Ley 101 de 1993 · Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional hará las apropiaciones y operaciones presupuestales necesarias para asignar los recursos que se requieran para la plena operatividad del incentivo a la capitalización rural, recursos que serán administrados por FINAGRO de acuerdo con la programación anual que adopte la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

Parágrafo

FINAGRO sólo comprometerá recursos para la expedición de certificados de incentivo a la capitalización rural hasta la concurrencia de los recursos apropiados en el Presupuesto General de la Nación o autorizados por el CONFIS con cargo a vigencias futuras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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