Micelio

Artículo 4

Ley 2 de 1944 · Por la cual se reconoce una participación al Municipio de Santa Catalina en las Salinas de Galerazamba y se nacionaliza una carretera

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Contraloría General de la república precisará el valor del porcentaje indicado en el artículo 1° de los datos sobre el producido bruto de las Salinas de Galerazamba, que le suministren el Ministerio de Hacienda y el Banco de la República. Hecho esto, deberá el Ministerio de Hacienda hacer inmediatamente el reconocimiento y pago respectivo a favor del Municipio de Santa Catalina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1944