Micelio

Artículo 47

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Planes, Programas y Proyectos. Son funciones de la División Planes, Programas y Proyectos, las siguientes

1.

Elaborar y ejecutar proyectos encaminados al mejoramiento de la seguridad ciudadana en el ámbito rural.

2.

Coordinar con las autoridades sanitarias la elaboración y desarrollo de planes tendientes a prevenir enfermedades infectocontagiosas, en el área rural.

3.

Diseñar en coordinación con la Dirección de Policía Urbana, programas sobre operaciones policiales aplicados especificamente a la población infantil y juvenil rural.

4.

Analizar, en coordinación con las autoridades competentes locales, la problemática delincuencial del campo colombiano.

5.

Realizar estudios sobre la problemática delincuencial en los campos colombianos y recomendar acciones a seguir.

6.

Elaborar diagnósticos sobre fenómenos como subversión, narcotráfico y abigeato, entre otros.

7.

Las demás que le determinen la ley y lo reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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