DE LOS FUNCIONARIOS COMPETENTES PARA CALIFICAR. La conversión en puntos de los factores evaluados y la determinación de la calificación, estará a cargo
Del Jefe de la División de Administración de Personal en el Nivel Nacional y en las Seccionales Tipo A;
Del Jefe de la División de Personal en las Seccionales Tipo B; del Jefe de la Sección de Personal en las Unidades Programáticas Zonales y en las Unidades Programáticas Institucionales, y
Del Jefe de la Sección Administrativa en las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial. Los funcionarios señalados en el inciso anterior harán la conversión y determinarán las calificaciones en un término no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de los formularios, sujetándose para ello a las instrucciones que imparta el Instituto.