Micelio

Artículo 15

Decreto 1348 de 1986 · Por el cual se reglamenta el sistema y los procedimientos que debe aplicar el Instituto de Seguros Sociales para evaluar y calificar a los funcionarios de Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LOS FUNCIONARIOS COMPETENTES PARA CALIFICAR. La conversión en puntos de los factores evaluados y la determinación de la calificación, estará a cargo

a)

Del Jefe de la División de Administración de Personal en el Nivel Nacional y en las Seccionales Tipo A;

b)

Del Jefe de la División de Personal en las Seccionales Tipo B; del Jefe de la Sección de Personal en las Unidades Programáticas Zonales y en las Unidades Programáticas Institucionales, y

c)

Del Jefe de la Sección Administrativa en las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial. Los funcionarios señalados en el inciso anterior harán la conversión y determinarán las calificaciones en un término no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de los formularios, sujetándose para ello a las instrucciones que imparta el Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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