Micelio

Artículo 27

Adiciónase El Artículo 410 Del Decreto 2685 De 1999, Modificado Por El Artículo 1° Del Decreto 383 De 2007, Con Los Siguientes Parágrafos: Parágrafo 3°

Decreto 4051 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónase el artículo 410 del Decreto 2685 de 1999, modificado por el artículo 1° del Decreto 383 de 2007, con los siguientes

Parágrafo

s:

Parágrafo 3

Los servidores públicos de la Administración de Impuestos y/o Aduanas Nacionales de la jurisdicción de la respectiva Zona Franca podrá revisar los vehículos que ingresen y salgan de las instalaciones de la Zona Franca.

Parágrafo 4

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberá autorizar, previa solicitud del Usuario Operador, la ubicación en la Zona Franca Permanente de personas naturales o jurídicas que no ostenten la calidad de usuarios y presten servicios relacionados con la actividad de la Zona Franca Permanente. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecerá los requisitos y el trámite de la solicitud.

Parágrafo

s ) Artículo 410 DECRETO 2685 de 1999

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4051 de 2007