º En los términos del presente Decreto, que rige a partir del primero (1º) de Julio del corriente año, queda subrogado el artículo 15 del Decreto 1624 de 1948.
Decreto 2241 de 1950 →Vigente
Artículo 2
En Los Términos Del Presente Decreto, Que Rige A Partir Del Primero (1º) De Julio Del Corriente Año, Queda Subrogado El Artículo 15 Del Decreto 1624 De 1948
Decreto 2241 de 1950 · por el cual se modifica el artículo 15 del Decreto 1624 de 1948.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.