° Modificase la estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá, la cual quedará así: Despacho del Registrador N° de cargos Clase Categoría Sueldo 1 Registrador 15,000 1 Secretario General. III 28 1 Secretario Mecanotaquígrafo III 18 1Secretario Mecanógrafo II 12 1 Mensajero III 8 División Técnica A) Oficina Jurídica. 1 Jefe de Oficina V 27 6,000 8 Sustanciadores IV 19 2,790 1 Secretario Mecanógrafo II 12 1,440 División de Inscripción de inmuebles 1 Jefe de División III 26 5,450 A) Sección de Distribución 1 Jefe de Sección III 21 3,380 2 Sustanciadores (Desanotadores) III 17 2,310 1 Operador de máquina duplicadora III 13 1,580 1 Archivero III 15 1,910 1 Archiveros II 13 1,580 1 Mensajero III 8 980 B) Grupo de Mecanografía 20 Catalogadores (Asentadores) II 15 1,910 División de Certificación 1 Jefe de División III 26 5,450 1 Secretario Mecanógrafo II 12 1,440 2 Jefes de Sección (dos turnos) III 21 3,380 40 Sustanciadores (Certificadores) III 17 2,310 35 Sustanciadores (Certificadores) II 15 1,910 4 Auxiliares de Servicios Generales (Canceladores de embargos o hipotecas) IV 12 1,140 1 Oficinista (Reproductora sellos) II 11 1,310 2 Mensajeros III 8 980 División Administrativa 1 Jefe de División III 26 2,540 1 Jefe de personal II 24 4,500 1 Pagador (Contador) VI 23 4,090 1 Jefe de grupo III 18 2,540 2 Cajeros VI 18 2,540 2 Catalogadores (Radicadores) I 13 1,580 4 Liquidadores de Cuentas III 19 2,100 1 Oficinista (Numerador) I 9 1,080 1 Oficinista (Información) III 13 1,580 8 Oficinistas (Entrega de documentos) II 11 1,310 1 Oficinista (Confrontador) III 11 1,310 2 Mensajeros III 8 980 5 Auxiliares de Servicios Generales III 8 980 2 Celadores III 9 1,080
Decreto 1580 de 1971 →Vigente
Artículo 1
Modificase La Estructura Y Planta De Personal De La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Bogotá, La Cual Quedará Así: Despacho Del Registrador N° De Cargos Clase Categoría Sueldo 1 Registrador 15,000 1 Secretario General
Decreto 1580 de 1971 · Por el cual se aprueba la Resolución número 433 de junio 4 de 1971, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.