El Ministerio de Obras Públicas, por conducto de los Ingenieros del Ferrocarril del Pacifico, podrá vigilar la construcción del acueducto de que trata la presente Ley, a fin de constatar que adelanta de conformidad con los planos y estudios aprobados y de que el dinero del auxilio se invierte exclusivamente en tal obra.
Ley 55 de 1935 →Vigente
Artículo 3
Ley 55 de 1935 · por la cual se auxilian las construcciones de los acueductos de Calarcá y Sevilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.