Prueba Pericial. Durante la práctica de la prueba pericial se tendrán en cuenta los siguientes aspectos
La revisión de los documentos suministrados por el Incora. Estos documentos son: - La resolución inicial que dispuso adelantar el trámite. - Los certificados de catastro, el de registro de instrumentos públicos o folio de matrícula inmobiliaria. - Las escrituras o títulos de propiedad. - El material cartográfico que se hubiere allegado al expediente. - El informe técnico de visita previa realizada al predio o terrenos. - La providencia que ordenó la prueba y donde se encuentran señalados los puntos objeto del dictamen.
La ubicación, área, linderos y colindantes del inmueble, indicando además su correspondencia o discrepancia con los que señala la resolución inicial, los del certificado de registro, escrituras y demás títulos que obren en el expediente y con el material cartográfico que se hubiere allegado y en relación con el predio que posea realmente el presunto propietario y que es objeto del trámite administrativo. La información suministrada servirá de base para elaborar el plano correspondiente, con arreglo a las normas técnicas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi o las que el Incora hubiere adoptado.
En lo relacionado con el relieve, aguas, suelos, explotación económica, terceros ocupantes y demás aspectos de la diligencia, se estará a lo dispuesto en el artículo 12 del presente Decreto.
Las demás que el Instituto o los peritos consideren necesarias.