Micelio

Artículo 69

El Alumno Á Quien Se Le Reconozca Uno Ó Más Cursos Hechos En Otros Establecimientos, Se Someterá Á Un Examen De Recepción, Que Durará Veinte Minutos, Practicado Por El Profesor De La Escuela

Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El alumno á quien se le reconozca uno ó más cursos hechos en otros establecimientos, se someterá á un examen de recepción, que durará veinte minutos, practicado por el Profesor de la Escuela. El interesado pagará á cada uno de los examinadores cincuenta centavos oro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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