Micelio

Artículo 5

Ley 43 de 1945 · Por la cual se crea el Escalafón Nacional de Enseñanza Secundaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ingresar el Escalafón será necesario haber seguido estudios especiales y obtenido los títulos correspondientes en establecimientos públicos o privados; pero todos los profesores en ejercicio, al entrar en vigencia la presente Ley, tendrán derecho a ser inscritos en él.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1945