Micelio

Artículo 5

La Destrucción De Las Sustancias No Será Obstáculo Para Que Los Procesos Continúen Su Curso Ni Para Que, Si Fuere El Caso Se Levante La Retención De Los Vehículos Que Hayan Servido De Medio De Transporte

Decreto 911 de 1985 · Por el cual se dictan medidas de orden público en relación con la destrucción de sustancias empleadas en el procesamiento de drogas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La destrucción de las sustancias no será obstáculo para que los procesos continúen su curso ni para que, si fuere el caso se levante la retención de los vehículos que hayan servido de medio de transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 911 de 1985