Micelio

Artículo 3

-, Modificados Por El Artículo Segundo De Este Decreto Legislativo (Número 0106 De 1958), Y Según Contrato De Fideicomiso Celebrado Con El Banco De La República El 14 De Diciembre De 1957 $ 55

Decreto 106 de 1958 · Por el cual se autorizan unos gastos e inversiones, se modifican el Decreto legislativo 0381 de 1957 y el 0080 de 1958 en sus artículos 19 y 5°, respectivamente, y se abren unos créditos adicionales -extraordinarios- al Presupuesto vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cincuenta y cinco millones ciento quince mil cuatrocientos treinta y cinco pesos con sesenta y ocho centavos ($ 55.115.435.68) moneda corriente, que se incorpora con imputación al numeral siguiente: RECURSOS DEL CREDITO Numeral 136. Producto de la emisión de Bonos Nacionales de Deuda Interna del 8% de interés anual, o de Certificados Provisionales de los mismos Bonos, conforme a los Decretos legislativos 0355 y 0381 de 1957 - artículos 6° y 19 -, 0080 de 1958 - artículo 5° -, modificados por el artículo segundo de este Decreto legislativo (número 0106 de 1958), y según contrato de fideicomiso celebrado con el Banco de la República el 14 de diciembre de 1957 $ 55.115.435.68 Total $ 55.115.435.68

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 106 de 1958