La organización interna de la Corporación será la siguiente
Las unidades de nivel directivo se denominarán subdirecciones o secretarías.
Las unidades que cumplen funciones de asesoría o coordinación se denominarán oficinas o comités, y consejos cuando incluyan personas ajenas al organismo.
Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán divisiones o secciones y grupos.
Las unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán comisiones o juntas. CAPITULO IV Patrimonio.