Transitorio. Los planes de premios correspondientes a los sorteos extraordinarios a realizarse durante el año de 1990, serán sometidos a consideración del Ministerio de Salud o de la autoridad de vigilancia y control que haga sus veces, al menos quince (15) días antes de la fecha que se escoja para efectuar el sorteo inicial. Para los años siguientes se observará el plazo y as condiciones que señala el Decreto 1332 de 1989, artículo 4°.
Decreto 971 de 1990 →Vigente
Artículo 11
Transitorio
Decreto 971 de 1990 · por el cual se reglamentan los Sorteos Extraordinarios de Lotería.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.