Micelio

Artículo 31

Decreto 788 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos sociales de la sociedad Minerales de Colombia S.A., Mineralco S.A., y la reforma parcial de los mismos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva tendrá sesiones ordinarias para por lo menos una vez al mes, y extraordinariamente cuando sea convocada por el Ministro de Minas y Energía, por su suplente, por le Gerente, el Revisor Fiscal, o por dos (2) de sus miembros que actúen como principales. Las citaciones a la reuniones de la Junta Directiva deberán hacerse con una antelación mínima de tres (3) días comunes, por cualquier medio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 788 de 1994