Micelio

Artículo 8

Ley 38 de 1919 · por la cual se organiza el Instituto Técnico Central y se dictan varias disposiciones sobre enseñanza técnica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprópiese la cantidad de ochenta y cinco mil pesos ($ 85.000) para la consecución de los elementos que pasan a enumerarse y distribuyese en esta forma:

a)

Para un Laboratorio de Electricidad, treinta mil pesos ($ 30.000)

b)

Para un Laboratorio de Física, veinte mil pesos ($ 20.000);

c)

Para un Laboratorio de Tecnología, veinticinco mil pesos ($ 25.000);

d)

Para un Laboratorio de Historia Natural y de Análisis Químico, diez mil Pesos ($ 10.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 38 de 1919