º . Calificación con base en el Manual Único para la Calificación de la Invalidez. Corresponde a las Juntas de Calificación de Invalidez, calificar el estado de invalidez con base en el Manual Único para la Calificación de la Invalidez. El costo de los honorarios para la Junta de Calificación, será el equivalente a un salario mínimo legal diario vigente al momento de la solicitud, a cargo del interesado, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto 2463 de 2001.
Decreto 1355 de 2008 →Vigente
Artículo 8
Decreto 1355 de 2008 · por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 1151 de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 8° del decreto 1355 de 2008, el cual quedará así) por decreto 4942/09 modificado por decreto 4942/09
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.