Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1970 de 1997 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Cultura y se distribuyen sus funciones entre sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la Estructura Orgánica del Ministerio de Cultura. En desarrollo del artículo 67 de la Ley 397 de 1997, la Estructura Orgánica del Ministerio de Cultura será la siguiente

1.

Despacho del Ministro 1.1 Oficina Jurídica 1.2 Oficina de Planeación 1.3 Oficina de Control Interno 1.4 Oficina de Sistemas 1.5 Oficina de Relaciones Internacionales 1.6 Oficina de Prensa

2.

Despacho del Viceministro

3.

Secretario General 3.1 División Administrativa 3.2 División Financiera 3.3 División de Recursos Humanos

4.

Dirección de Patrimonio

5.

Dirección de Artes 5.1 Orquesta Sinfónica de Colombia 5.2 Banda Nacional

6.

Dirección de Comunicaciones

7.

Dirección de Cinematografía

8.

Dirección de Fomento y Desarrollo Regional

9.

Dirección de Museos

10.

Dirección de la Infancia y la Juventud

11.

Dirección de Etnocultura

12.

Unidades Administrativas Especiales 12.1 Instituto Colombiano de antropología 12.2 Museo Nacional 12.3 Biblioteca Nacional

13.

Organos de Asesoría y Coordinación 13.1 Consejo Nacional de Cultura 13.2 Consejo de Monumentos Nacionales 13.3 Comité de Coordinación de Control Interno 13.4 Comisión de Personal

14.

Organismos Adscritos 14.1 Instituto de Cultura Hispánica CAPITULOII. De las Funciones de las Dependencias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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