Micelio

Artículo 32

Decreto 380 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984, y se dictan disposiciones sobre organizaci?n deportiva

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional ejercerá a través del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, o de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, entre otras, las siguientes atribuciones con respecto a los organismos deportivos

1.

Nombrar sus representantes a las asambleas;

2.

Solicitar informes sobre su gestión y adelantar investigaciones e imponer los correctivos necesarios;

3.

Inspeccionar los libros y documentos que estime conveniente, previa investigación;

4.

Decidir sobre las impugnaciones que se formulen contra los actos de los órganos de dirección, administración y control.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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