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Artículo 2

Resolucion 100-001911 de 2014 · Por la cual se delegan funciones y se asignan competencias a 1as 1menaenc1as Regionales de la Superintendencia de Sociedades EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus atribuciones legales, y C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.- Que el Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012 modificó la estructura y funciones de la Superintendencia de Sociedades, por lo que se hace necesario adecuar su organización int

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Delegación a las intendencias regionales en materia de Inspección, Vigilancia y Control. Asignar a quienes cumplen las funciones de intendentes regionales, dentro del área de su jurisdicción, las siguientes facultades: 2.1 Ejercer la inspección, vigilancia y control sobre las sociedades comerciales, sucursales de sociedad extranjera, empresas unipersonales y cualquier otro sujeto que determine la ley, para lo cual dirigirá y coordinará las actuaciones administrativas necesarias para el cumplimiento de estas atribuciones; 2.2 Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma; 2.3 Solicitar la información que se requiera para conocer o para evaluar la situación jurídica, contable, económica o administrativa de cualquier sociedad no vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o sobre operaciones específicas de la misma; 2.4 Aplicar la política de supervisión fijada por el superintendente y verificar el cumplimiento de las funciones asignadas a su dependencia; 2.5 Imponer multas, sucesivas o no, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades, quebranten las leyes o sus propios estatutos, de conformidad con los criterios fijados por el superintendente; 2.6 Presentar al superintendente los proyectos de actos administrativos necesarios para el ejercicio de las funciones de policía judicial que la ley determine;

2. 7 Presentar propuestas al superintendente con el fin de apoyar al sector empresarial de su región, en los asuntos de su competencia; 2.8 Ordenar la suspensión de los actos no comprendidos dentro del objeto social o la reforma de los estatutos; 2.9 Dirigir las actuaciones administrativas tendientes a la liquidación voluntaria de las sociedades y tomar las decisiones correspondientes de conformidad con las normas vigentes; 2.1 O Resolver las controversias que se susciten en relación con el derecho de inspección y en caso de considerar que hay lugar al suministro de información impartir las órdenes correspondientes; r PROSPERIDAD I PARA TODOS .....,® -·Minen BOGOTA O. C.: AVENIDA EL DORADO No. 51-80, PBX: 3245777 • 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro do Fax2201000 OPCIÓN 2 f 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79.10 TEL: 9~544951454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL TEL: 942-350600().350000112/3, MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL: 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4--40 OF 201 EOF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32.-39 PISO 2 TEL: 9566460511642429, CUCUTA: AV O(CERO) A# 21-14 TEL: 97S.71619on17985, BUCARAMANGA: CALLE 41 No. 37-62 TEL: 976-321541/44, SAN ANORES Avenida COión No. 2-26 Edificio Bread Frult oficinas 203 y 204 TEL: 098 5121720 www !IUP9UOCi9dPdU 99v col -Colorobip /webmaster/?fl§UPQ[SOCied@des ggv co (t) Superlntendenclo de Sociedades 2.11 3/10 RESOLUCION Determinar que los titulares de las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto participen con voz y voto en la asamblea general de accionistas; 2.12 Realizar las investigaciones tendientes a determinar la remoción de los administradores que impidieren el ejercicio del derecho de inspección y del revisor fiscal que conociendo de aquel incumplimiento se abstuviere de denunciarlo oportunamente y, si es del caso, proyectar para la firma del superintendente delegado de inspección, vigilancia y control los actos administrativos que contengan la remoción; 2.13 Suscribir los actos administrativos necesarios para el envío de delegados a las reuniones de la asamblea general o junta de socios, quienes pueden impartir las orientaciones pertinentes para el adecuado desarrollo de la reunión; 2.14 Convocar a la asamblea general o junta de socios cuando quiera que éstas no se hayan reunido en las oportunidades previstas en los estatutos o en la ley; 2.15 Realizar las investigaciones administrativas de las sociedades con el fin de evitar, interrumpir o sancionar la comisión de abusos por parte de los órganos sociales y el suministro de información que no se ajuste a la realidad asi como suscribir los actos administrativos correspondientes; 2.16 Ordenar la modificación de las cláusulas estatutarias cuando no se ajusten a la ley; 2.17 Suscribir los actos administrativos que resuelven recursos interpuestos contra los que imponen las sanciones por no envío de la información financiera y proyectar para la firma del superintendente delegado de inspección, vigilancia y control los recursos y revocatorias interpuestos contra los demás actos administrativos suscritos por el respectivo intendente regional; 2.18 Proponer al superintendente delegado de inspección, vigilancia y control el sometimiento a control de las sociedades comerciales, no vigiladas por otra superintendencia, cuando del análisis de la información remitida se encuentre que su situación es crítica y que amerita un seguimiento más estricto y permanente; 2.19 Realizar la práctica de investigaciones administrativas a las sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, y sobre las que de conformidad con la ley la Superintendencia de Sociedades ejerza competencia residual, y adoptar las medidas a que haya lugar para que se subsanen las irregularidades encontradas durante la práctica de éstas; 2.20 Llevar a cabo las investigaciones administrativas relacionadas con el conflicto de interés, impartir las órdenes de suspensión de la actividad e imponer sanciones; 2.21 Remitir al superintendente delegado para procedimientos de insolvencia o incursas en los presupuestos legales para el inicio de un proceso reorganización o liquidación judicial cuando por los montos el proceso sea de competencia de la sede central; 2.22 Supervisar de acuerdo con las políticas de supervIsIon para tal efecto establecidas, que las sociedades lleven la contabilidad de conformidad con la r, PROSPERIDAD IPARATODOS -·~ @ ......,,,._ MinCIT BOGOTA O. C.: AVENIDA EL DORADO No 51-80. PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL 953-454495/454506, MEOELUN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL TEL 942-3506000-3506001/213 MANIZALES: Cll 21 # 22-42 PISO 4 TEL 968-847393-847987, CALJ: Cll 10 # 4-40 OF 201 EOF. BOLSÁ DE OCCIDENTE PISO 2 TEL 6680404. CARTAGENA: TORRE RELOJ CR 7 # 32-39 PISO 2 TEL· 956646051'642429. CUCUTA: AV O (CERO) A# 21-14 TEL 975--716190n17985 BUCARAMANGA: CALLE 41 No 37-62 TEL 976-321541144 SAN ANDRES Avenida Colón No 2-26 Ed1fioo Bread Fru1t oficmas 203 y 204 TEL: 098 5121720 /webmaster@supersoc,edades gov co www s-upersoc1edades gov col Colombia (t) Superintendencia de Sociedades 4/10 RESOLUCION ley, con los princ1p1os contables generalmente aceptados y respetando el derecho de información de los asociados; 2.23 Adoptar cualquiera de las medidas administrativas, establecidas en el artículo 87 de la Ley 222 de 1995, modificado por el artículo 152 del Decreto 019 de 2012, respecto de las sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia; 2.24 Reconocer de oficio, en ejercicio de funciones administrativas, la ocurrencia de los presupuestos que den lugar a la sanción de ineficacia en los casos señalados en la ley, en relación con sociedades sometidas a su vigilancia o control incluyendo los casos de competencia residual; 2.25 Determinar el sometimiento a vigilancia de las sociedades que estén incursas en las causales de vigilancia determinadas por el presidente de la República o por la ley y rendir los informes que sean necesarios para mantener actualizada la base de datos de la entidad; 2.26 Decretar la disolución y ordenar la liquidación cuando se cumplan los supuestos previstos en la ley y/o en los estatutos y adoptar las medidas a que haya lugar; 2.27 Proponer al superintendente delegado de inspección, vigilancia y control la designación de liquidadores en los casos previstos en la ley; 2.28 Ejercer las funciones relacionadas con el ejercicio del derecho de retiro. 2.29 Requerir la preparación de estados financieros de períodos intermedios y exigir su presentación cuando quiera que sea necesario para el ejercicio de las funciones de supervisión, así como suscribir los actos administrativos que contengan observaciones con motivo de la revisión de los estados financieros; 2.30 Decretar las pruebas que se requieran para el examen de los hechos relacionados con la dirección, administración o fiscalización de las sociedades, de acuerdo con lo previsto en la ley y ordenar la práctica de las mismas; 2.31 Expedir las credenciales que autoricen a funcionarios a su cargo para practicar tomas de información y realizar visitas en sociedades bajo su supervisión; 2.32 Autorizar las emisiones de bonos; 2.33 Autorizar las reformas estatutarias consistentes en fusión y escisión, para lo cual es necesario tener en cuenta en régimen de autorización de carácter general contenido en la Circular Externa No. 001 del 23 de marzo de 2007; 2.34 Autorizar las disminuciones de capital con efectivo reembolso de aportes, atendiendo el régimen de autorización contemplado en la Resolución 220004850 del 17 de septiembre de 2012; 2.35 Expedir la autorización para las colocaciones de acciones ordinarias o privilegiadas, y con dividendo preferencial y sin derecho a voto; 2.36 Aprobar el inventario del patrimonio social en los términos establecidos en los artículos 233 a 237 del Código de Comercio, atendiendo lo dispuesto en el Título II del Decreto 2300 del 25 de junio de 2008; (!PROSPERIDAD ,_ IPARATODOS -•e-o. @ ...... MinOT BOGOTA D. C.: AVENIDA El DORADO No 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL: 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL TEL: 942-3506000-3500001/2/3, MANIZALES: Cll 21 # 22-42 PISO 4 TEL: 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ GR 7 # 32-39 PISO 2 TEL: 956646051/642429, CUCUTA: AV O {CERO) A# 21-14 TEL: 975-716190/717985, ~UCARAMANGA: _CALLE 41 No. 37-62 TEL: 976-321541/44. SAN ANORES Avenida Colón No. 2-26 Edificio Bread FruIt oficmas 203 Y 204 TEL: 098 5121720 www.supersociadades gov col -Colombia /wabmaster@supersociedades.gov co Superintendencia de Socledade, 5/10 RESOLUCION 2.37 Realizar las investigaciones necesarias para verificar el sometimiento a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades respecto de sociedades que se hallen incursas en las causales previstas en los literales a, b, c y d de los artículos 84 de la Ley 222 de 1995 y 4° del Decreto 4350 de 2006 y adoptar las decisiones que se requieran ..

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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