° Los respectivos Administradores de Hacienda Nacional, pagarán el gasto de material de que se trata, como ordinario y periódico del servicio público. Comuníquese y publíquese.
Decreto 107 de 1926 →Vigente
Artículo 5
Los Respectivos Administradores De Hacienda Nacional, Pagarán El Gasto De Material De Que Se Trata, Como Ordinario Y Periódico Del Servicio Público
Decreto 107 de 1926 · Por el cual se distribuye proporcionalmente la partida que señala el artículo 211 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, para gastos del material del Ministerio Público y del Poder Judicial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.