Micelio

Artículo 88

Del Grupo De Medios Electrónicos De Comunicación

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Grupo de Medios Electrónicos de Comunicación:

a)

Recibir, registrar, clasificar, duplicar y distribuir los mensajes que lleguen por estos medios y numerar y enviar los que se originen en el Ministerio;

b)

Conservar debidamente el archivo correspondiente y velar por su oportuno mantenimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1990