Micelio

Artículo 8

El Consejo Seccional De Desarrollo Agropecuario Podrá Reglamentar La Formación De Subcomités De Trabajo De Acuerdo Con Los Planes Y Programas Prioritarios Del Gobierno En Materia Agropecuaria, Y De Recursos Naturales, Y De Instancias Regionales De Coordinación En Su Jurisdicción (Zonales, Municipales)

Decreto 43 de 1990 · por el cual se dictan normas en materia de los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario creados por el Decreto 501 de 1989 en lo que respecta a funciones, composición y reglamento interno.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Consejo Seccional de Desarrollo Agropecuario podrá reglamentar la formación de Subcomités de trabajo de acuerdo con los planes y programas prioritarios del Gobierno en materia agropecuaria, y de Recursos Naturales, y de instancias regionales de coordinación en su jurisdicción (zonales, municipales).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 43 de 1990