° En concordancia con el artículo, anterior, establécense las siguientes escalas de remuneración básica mensual para los distintos grados del escalafón nacional docente; Grado Asignación Básica A 12.750 B 14.150 01 15.650 02 16.750 03 17.750 04 18.750 05 19.950 06 21.300 07 24.200 08 27.900 09 31.050 10 35.800 11 41.400 12 49.600 13 58.200 14 66.650
Los educadores oficiales nombrados de acuerdo a lo establecido en el Decreto 85 de 1980, devengarán a partir del 1° de enero de 1983, las asignaciones mensuales, independientemente del nivel de educación en que trabajen
Bachiller $ 11.250
Técnico Profesional Intermedia o Tecnólogo $ 15.650
Profesional Universitario $ 19.950