Micelio

Artículo 5

Ley 41 de 1926 · sobre fomento de la industria algodonera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia se incluirá la partida de que trata el artículo 1º, sin perjuicio de la autorización que en él se confiere al Gobierno para abrir, en caso necesario, los correspondientes créditos adicionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 41 de 1926