°. En los eventos en que las agencias de viajes pretendan desempeñar adicionalmente las funciones de otro prestador de servicios turísticos, deberán realizar la inscripción en el Registro Nacional de Turismo con el cumplimiento de los requisitos establecidos para tales prestadores.
Decreto 2438 de 2010 →Vigente
Artículo 9
En Los Eventos En Que Las Agencias De Viajes Pretendan Desempeñar Adicionalmente Las Funciones De Otro Prestador De Servicios Turísticos, Deberán Realizar La Inscripción En El Registro Nacional De Turismo Con El Cumplimiento De Los Requisitos Establecidos Para Tales Prestadores
Decreto 2438 de 2010 · por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la responsabilidad de las Agencias de Viajes en la prestación de servicios turísticos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.